
La Ley No. 20-00 sobre Propiedad Industrial, es la base legal en República Dominicana, por medio de la cual podemos tener un mejor entendimiento sobre la diferencia entre la marca y una patente.
En esta ley, se establecen las disposiciones sobre los contratos, derechos de uso, concesión de licencias, registros de signos distintivos, invenciones, diseños industriales, modelos de utilidad y comercialización.
Registrar cualquier invención o marca según lo que estipula esta ley, garantiza al titular tener exclusivo derecho sobre la propiedad que se registra. El titular de una marca o una patente tiene el derecho a utilizar la invención, diseño o signo distintivo, y de prohibir el uso a un tercero.
Para entender las diferencias entre una marca y una patente, primero debemos saber el concepto de cada una.
¿Qué es una patente?
Una patente es un registro que se hace a toda idea, creación del intelecto humano capaz de ser aplicada en la industria. Ésta debe cumplir con las condiciones de patentabilidad previstas en la ley de cada país.
Las patentes, otorgan a su titular un derecho exclusivo. El titular puede impedir que otros fabriquen, utilicen, ofrezcan para la venta, vendan o importen el producto patentado. Esto se entiende así de acuerdo a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
Una patente le da la facultad a su titular de exclusividad sobre aquello que se patenta.
Existen dos tipos de Patentes:
- Patentes de Invención
La patente es un derecho exclusivo concedido por el estado a una invención, es decir, a un producto o procedimiento que representa, en general, una nueva manera de hacer algo o una nueva solución a un problema técnico.
Esto quiere decir que el inventor obtiene la exclusividad para explotación de su invento por un período de tiempo determinado.
- Patentes de Modelo de Utilidad
Se considera como modelo de utilidad, cualquier nueva forma, configuración o disposición de elementos de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto. También puede ser alguna parte de un objeto que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del instrumento que lo incorpora, proporcionando alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que no tenía antes.
Requisitos de la Patentabilidad:
Para que una invención sea patentable, según lo dispuesto en la ley, el solicitante debe cumplir con tres requisitos indispensables:
- 1. Novedad: Significa que la información referente a la Invención o solución técnica no puede haber estado a disposición del público en ningún lugar del mundo antes de la presentación formal de la solicitud.
- 2. Nivel Invento o Actividad Inventiva: Además de que la invención sea nueva, la misma no puede ser evidente u obvia para un especialista medio en la materia, es decir, debe superar el estado de la técnica, ni que se derive de manera evidente del estado de la técnica pertinente.
- 3. Aplicabilidad Industrial: La invención debe ser susceptible de aplicarse a algún tipo de industria, lográndose el mismo resultado siempre.
Las patentes Tienen una duración de veinte (20) años improrrogables. Este tiempo, se cuenta a partir de la fecha de presentación de la solicitud ante la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI), en la República Dominicana.
¿Qué es una Marca?
La marca es cualquier signo o conjunto de signos distintivos que se utilizan para diferenciar un producto o servicio de los demás del mercado.
Una marca puede estar conformada por nombres, lemas, palabras, figuras, formas tridimensionales, líneas, colores, formas, combinaciones, entre otros.
La marca se puede referir a la forma o presentación de los productos, como sus envases o envolturas. Se puede definir en pocas palabras, como una imagen que representa un producto en especial de una empresa.
Duración de una marca
El registro de marcas tiene una duración de diez (10) años, renovables. La renovación de una marca se solicita seis meses antes de la fecha de caducidad. Para ello hay que dar prueba del uso de la marca.
El registro de una marca puede ser cancelado si su titular no la utiliza por tres años consecutivos.
Tipos de Marca
Figurativas: son las etiquetas con figuras, imágenes, combinaciones de colores, símbolos o dibujos.
Mixtas: Son el resultado de la combinación de una denominación y una parte figurativa.
Tridimensionales: consiste en una forma tridimensional, como su nombre lo dice, como puede ser el diseño de un empaque, embalaje, o incluso la forma misma de un producto.
Sonaras: son aquellos sonidos que tiene la capacidad de distinguir un determinado origen empresarial.
Olfativas: son las que están constituidas por olores, aromas o fragancias, los que deben ser tan característicos y distintivos que no pueden confundirse o asociarse con otros.
Marca Colectiva: Una marca cuyo titular es una entidad colectiva que agrupa a personas autorizadas a usar la marca.
Marca de certificación: Una marca aplicada a productos o servicios de terceros, cuyas características o calidad han sido certificadas por el titular de la marca.
Por lo tanto, la Marca y la Patente, son registros que se llevan a cabo, para tener derechos exclusivos de propiedad. De este modo el titular evitará que un tercero reproduzca o haga uso comercial de la propiedad que se ha registrado.
Cada una se diferencia según su uso y empleo en el comercio, puesto que la patente podría tratarse del producto en sí, y el registro de marca se refiere a como se conoce un producto en el comercio, referente al nombre, el empaque, y los colores que lo identifican.
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